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jueves, 14 de marzo de 2013

EL TUE DECLARA ILEGAL LA NORMATIVA ESPAÑOLA SOBRE LOS DESAHUCIOS

Dictamen del TUE

La ley de desahucios española vulnera las normas europeas de Consumo

BRUSELAS, 14 Mar. (EUROPA PRESS)

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado este jueves que la legislación española sobre desahucios vulnera la normativa comunitaria porque no garantiza a los ciudadanos una protección suficiente frente a cláusulas abusivas en las hipotecas.

La legislación española no permite a los jueces paralizar un desahucio invocando cláusulas abusivas en las hipotecas, sino que esta cuestión debe ventilarse en otro juicio una vez que ya se ha ejecutado la expulsión.

El fallo cree que esta protección a posteriori "resulta incompleta e insuficiente" ya que "no permite evitar la pérdida definitiva e irreversible de la vivienda" sino que se limita "al pago de una indemnización por daños y perjuicios".

"Basta con que los profesionales inicien un procedimiento de ejecución hipotecaria para privar a los consumidores de la protección que pretende garantizar la directiva", denuncia la sentencia.

Por consiguiente, el Tribunal de Justicia declara que "la normativa española no se ajusta al principio de efectividad, en la medida en que hace imposible o excesivamente difícil, en los procedimientos de ejecución hipotecaria iniciados a instancia de los profesionales y en los que los consumidores son parte demandada, aplicar la protección que la directiva confiere a estos últimos".

La sentencia del Tribunal de Luxemburgo responde a una cuestión presentada por el juzgado mercantil de Barcelona, que debe dirimir una denuncia presentada por un ciudadano contra CatalunyaCaixa, que forzó su expulsión de la vivienda que ocupaba en enero de 2011 por impago de la hipoteca.

El ciudadano en cuestión solicita que se declare nula una de las cláusulas del préstamo hipotecario y que, en consecuencia, el procedimiento judicial de ejecución hipotecaria sea considerado también nulo.

En su fallo de este jueves, el TUE insiste en que "el régimen procesal español menoscaba la efectividad de la protección que pretende garantizar la directiva".

"La directiva sobre las cláusulas abusivas se opone a una normativa nacional, como la normativa española en cuestión, que no permite al juez que conozca del proceso declarativo -es decir, el que tiene por objeto declarar el carácter abusivo de una cláusula- adoptar medidas cautelares, en particular la suspensión del procedimiento de ejecución, cuando sean necesarias para garantizar la plena eficacia de su decisión final", concluye la sentencia.


FUENTE: 

martes, 12 de marzo de 2013

NO ESTABA MUERTA...

No, muerta no estaba, pero de parranda tampoco.

La cuestión es que tengo el blog lleno de entradas a medio-terminar, que no han podido pasar de ser borradores. Y no, tampoco es que me falten las ideas o las palabras o que haya perdido fluidez mental y sea incapaz de rematar alguna de esas 'faenas'. Mi aparente silencio se debe, simplemente, al hecho de que últimamente estoy muy atareada en 'otros menesteres' y, cada vez que me siento a escribir, me surge una obligación perentoria, que me lleva a almacenar la entrada para poder continuarla en mejor momento.

Pero como parece ser que esos momentos idóneos no llegan, aquí me encuentro, tratando de dar una pequeña explicación sobre mi 'ausencia' del blog. 

De todos modos, estoy ideando nuevas bitácoras, al margen de este blog, en las que trataré, de forma específica, algunos de los temas y asuntos que más me interesan y que, creo , también suscitan de forma especial la atención de mis lectores.

Os espero en futuras entradas. Prometo volver pronto.